| Rosario en la ciudad de Berisso, abril de 2004 |
Aspecto central
La obediencia, no es tan solo una virtud, sino un hecho ontológico y trascendental en la regeneración del género humano. Cristo obedeció a su Padre y se hizo hombre; la Humanidad debe obedecer al Padre para llegar a ser dios, como afirma San Atanasio: “Él se hizo hombre con el fin de que podamos ser divinizados.” (AutoV gar enhnqrwphsen, ina hmeiV qeopoihqwmen.) (De Incarnatione 54) Es por esto que toda obediencia es un hecho trascendental dentro del cristianismo, pues se opone a la desobediencia de Adán. Ergo, toda orden para ser obedecida debe ser un reflejo de la obediencia de Jesucristo al Padre, ninguna orden para ser obedecida puede reflejar la seducción del Dragón.
En cuanto a la acción
Quienes formamos la “Casita de la Virgen de la Humanidad”, no tenemos comunidad de acciones con la jerarquía eclesiástica, si bien un mismo y único fin. El hecho de rezar un rosario en un domicilio privado, ajeno a la Jerarquía eclesiástica y su consecuente bendición laical, son acciones absolutamente diferenciadas de las acciones de la Jerarquía eclesiástica y de sus consagrados.
No existe en nuestro obrar, nada que lesione las acciones desarrolladas en el ámbito parroquial. Solo se efectúan acciones laicales dentro del ámbito privado.
Todo aquello que se ejecuta y no produce desorden manifiesto, no merece ser ordenado con la obediencia, más aún debe ser promovido.
De nuestra acción surge claramente, que la misma no obstaculiza la acción propia de los “consagrados”, sino que la estimula y alienta. Ergo toda orden restrictiva, oculta una manipulación de la Verdad, la cual no puede ser expresada, sino en el escueto mandato arbitrario de quien lo ejerce.
En cuanto al fin
El fin de toda nuestra acción es el mismo que ha sido puesto por Jesucristo por mandato a sus discípulos, integrar la Única Iglesia Católica, Apostólica y Romana en comunión con el Santo Padre.
Nuestra acción particular no está contra el fin propuesto por dicha jerarquía, sino que nuestra acción promueve, estimula, ilumina y anima a lograr el único fin común.
En cuanto al sujeto
Como laicos estamos en perfecta obediencia con todas las disposiciones de la Santa Iglesia, a la cual hemos sometido desde nuestro bautismo y confirmación, nuestra propia voluntad, pronunciando el “Fiat” mariano en nuestra propia vida.
No se requiere en el laico un voto de obediencia hacia un consagrado en especial. Esto implica que se goza de amplia libertad de acción dentro de la mies del Señor, sin alambrados de ninguna especie.
Esta misma obediencia al Padre, nos exige a los súbditos no estar sometidos en cuanto a todo, sino en cuanto a algo determinado, y este algo determinado en cuanto a aquello en lo que son medio entre Dios y los súbditos. (Cfr. S. TH. II II-q.104-a.5)
En cuanto a la fe
El hecho de los así llamados “casos de apariciones” pueden ser consideradas relativas para la jerarquía eclesiástica, pero no pueden ser consideradas relativas para quienes las tienen y creen en ellas, más aún si han sido depositarios de una misión, la cual es irrenunciable, sobretodo cuando la misma no afecta la doctrina, la moral, la estructura organizativa eclesial, y no solo no la afecta, sino que la promueve en toda su integridad doctrinal y moral.
En cuanto al agente:
La orden impuesta por la Autoridad, de cualquier orden que ella sea, podrá modificar en última instancia el movimiento del cuerpo, pero en nada puede variar el interior del alma, pues dicha orden no alcanza el interior del hombre, el cual permanece libre de obedecer a Dios. (Cfr. S Th II II-q. 104-a.6-ad.-7).
La orden o el “imperio” es el acto terminativo de la prudencia (Cfr. S Th I-II q.18 a.1), ergo lo arbitrario no tiene cabida dentro de las órdenes emitidas.
Toda orden, no puede emitirse vacía de contenido, como lo hace el nominalismo modernista, para el cual no existen esencias universales, sino simplemente nombres. Ergo, toda orden debe llevar implícita la correspondiente Razón de Orden y Prudencia en orden al único Fin del Cuerpo de Cristo.
Toda orden es un principio racional, pero del orden práctico. Y la verdad práctica consiste en ajustar la acción a las exigencias de un fin propuesto por la razón (Cfr. S Th I-II q.57 a.5 ad 3). Ergo, no pueden existir arbitrariedades en toda orden impuesta.
La obligación de obedecer, es consecuencia de la orden, pero no de una orden que se emite como la exigencia de una voluntad superior que desea imponerse ciegamente, sino como una exigencia ajustada a la normatividad del fin común que se promueve. Por consiguiente la obligación dimana del juicio de la razón sobre la adecuación del acto imperado al fin común. Ergo, si no se cumple este requisito, la orden es de por sí nula y solo busca promover el desorden.
Por ello, toda Autoridad, debe ser ejercida con sumo respeto y no puede ser una máscara que oculte la manipulación contra la Verdad, buscando seres serviles, apocados y obsecuentes.
Frente a la exigencia de solicitar autorización para portar la imagen a domicilios particulares.
Ante el pedido de solicitar autorización eclesiástica para concurrir a viajes con la imagen de Nuestra Señora de la Humanidad y distribuir sus mensajes, observamos que no existe substancia para solicitar autorización por los siguientes motivos:
a) Por parte del sujeto:
No se posee voto, promesa de obediencia a la autoridad correspondiente. Somos simples laicos unidos por la sola Caridad.
b) Por parte del objeto:
Los casos de apariciones y revelaciones no necesitan aprobación previa de la autoridad eclesiástica. No se transgrede ninguna disposición dada por la Santa Madre Iglesia. Las mismas instan a obedecer las normas de vida católica dentro de la Iglesia.
No existe normativa para rezar un rosario en casa de otros laicos.
No existe necesidad de previo aviso, pues no se lesiona la autoridad de nadie, ni se provoca desorden.
Es obligatorio al laicado tomar iniciativas en este aspecto.
No se está obligado a remitir los mensajes a ningún sacerdote en especial.
No se oculta nada, pues todo se publica y se deja abierto al cristiano en general.
Nadie tiene el acceso prohibido para observar lo que hacemos.
c) Por parte del agente:
No existe reconocimiento formal del grupo de laicos que se reúne en caridad para llevar su fe donde no existe.
d) Por parte de la forma:
El grupo de laicos que proclama la Fe de la Iglesia de todos los tiempos, por medio de una imagen de la Virgen de la Humanidad, no hace uso de nada en especial que sea estricta incumbencia de personas consagradas.
Conclusión:
Ergo, no existiendo substancia del agente, del sujeto, del objeto y de la forma para el hecho de obediencia, no existe desobediencia alguna.
Al respecto nos basamos en la afirmaciones de Santo Tomás de Aquino por las cuales el inferior no está obligado a obedecer a su superior, si manda algo en lo cual no está sometido (Cfr. S. Th. II II-q.104-a.5).
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